La unidad de control interno, es un elemento fiscalizador interno de suma importancia dentro de la estructura municipal, ya que, en el ámbito de sus funciones la ley otorga atribuciones y funciones que le permiten efectuar el examen crítico, metódico y sistemático de la organización municipal, verificando el cumplimiento de sus objetivos, políticas y metas tomando en consideración la reglamentación legal.
La unidad de control depende exclusivamente del Sr. Alcalde y es independiente en la toma de decisiones, ya que su objetivo general es “controlar y asesorar en las gestiones presupuestarias y administrativas ejecutadas por el municipio, además de fiscalizar la legalidad de los actos”.
Funciones Unidad de Control:
Ejecutar tareas de control de las actividades de todas las unidades, departamentos y direcciones municipalizados, de acuerdo a la normativa vigente.
Controlar el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la municipalidad.
Revisión de los ingresos municipales.
Controlar la utilización del presupuesto municipal y la imputación de gastos.
Revisión de gastos de caja chica.
Revisión de todos los documentos emitidos en el municipio y solicitar información o antecedentes a los diferentes departamentos.
Realizar auditorías en los servicios traspasados que son, departamento de salud y educación.
Revisión de antecedentes e informes que se envían o se recepcionan de contraloría regional de la república.
Visar convenios, contratos, decretos exentos, decretos afectos, decretos de pago y la documentación requerida.
Informar la existencia de irregularidades y sus respectivos antecedentes a alcaldía.
Controlar el cumplimiento del estatuto administrativo.
Controlar la utilización de vacaciones, feriados legales, licencias médicas y otros, por parte de los funcionarios del municipio y su ajuste a los requerimientos legales.
Controlar la utilización de combustible por parte de vehículos municipales, a través de la revisión de bitácora de viajes y horarios de llegada y salida.
Ejercer las atribuciones que delegue el Sr. Alcalde, en conformidad a la ley, y funciones encomendadas según el reglamento interno del municipio.
Realizar revisión tanto de los permisos de circulación como de las patentes municipales.
Revisión de las conciliaciones bancarias y boletas de garantías.
Revisión y registro de los fondos a rendir solicitados y entregados.
Control de las subvenciones y aportes otorgados por el municipio a otras instituciones.
Fiscalizar que los fondos por concepto de subvenciones, las cuales son otorgados por instituciones del estado, sean destinadas a los fines que correspondan.
Control de las ejecuciones de los proyectos.